Condenado un odontólogo a pagar 77.000 euros por una negligencia

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Condenado un odontólogo a pagar 77.000 euros por una negligencia

El médico colocó mal varias prótesis a una mujer y le provocó graves daños

Condenado un odontólogo a pagar 77.000 euros por una negligencia

Imagen de una silla, en un gabinete odontológico. | Pixabay

 

Víctor Malagón  Palma  27/10/2021

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La Audiencia Provincial condena a una clínica dental de Manacor a pagar 77.000 euros a una paciente por los graves daños que le causó la colocación defectuosa de una prótesis. La paciente acudió a este odontólogo porque carecía de piezas dentales en el maxilar superior y tenía muy dañado el inferior. Sin embargo, al avanzar el tratamiento comenzaron a surgir problemas que se tradujeron en un dolor constante que, además, iba en aumento a pesar de que el odontólogo le decía que con el tiempo se iría.

Ante la situación, la mujer, que tenía 58 años de edad, acudió a otro profesional. Allí se comprobó el estropicio que había hecho el primer odontólogo: uno de los implantes había perforado la mandíbula, otros nueve no habían sido introducidos en el hueso y estaban al aire justo debajo de la mucosa.

Tanto el juzgado de Primera Instancia como ahora la Audiencia concluyen que «con toda probabilidad no se procedió a ningún diagnóstico anterior que determinara en qué posición y qué ángulo deberían haber sido colocados». Las resoluciones valoran que se trataba de un «caso complejo» porque «la paciente no tenía ningún diente. «Debe considerarse que dicho caso no merecía un tratamiento sencillo; es decir, que intentar lo más sencillo no era lo mejor en este supuesto».

Los tribunales admiten la demanda de la afectada, representada por Daniel Martínez Raso, de los servicios jurídicos de El Defensor del Paciente. Reconoce a la paciente el derecho a se indemnizada por el coste de la segunda intervención, por daños morales y por el perjuicio estético que le provocó la negligencia odontológica.

La defensa de la clínica negaba cualquier responsabilidad y achacaba a la propia paciente no haber cumplido con el tratamiento íntegro. Sin embargo, este argumento queda descartado por los tribunales porque el mismo perito que presentó la defensa se desdijo en el acto del juicio y quitó relevancia a la falta de disciplina de la afectada con las citas. La resolución puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.